La diputada Delfina Pozos Vergara presentó una iniciativa para sancionar con mayor severidad el delito de abandono de persona, en los casos en que este hecho provoque alguna lesión o la muerte.
En la propuesta, la legisladora pone énfasis en el impacto que tiene el abandono de menores, pues algunos han sido encontrados en condiciones inadecuadas, lo que puede provocar lesiones o, incluso, la muerte.

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Por lo anterior, se precisa que el objetivo es reformar el artículo 354 del Código Penal del Estado, a fin de establecer que en los casos en que del abandono de persona resultare alguna lesión o la muerte, se presumirán éstas como premeditadas para los efectos de aplicar las sanciones que a estos delitos correspondan, de manera que se consideren delitos calificados, por lo que la sanción será considerablemente mayor.
Actualmente, el artículo 346 del Código Penal precisa que, a quien abandone a una niña, niño o adolescente incapaz de cuidarse a sí mismo, a una persona adulta mayor, a una persona enferma o a una persona con discapacidad, teniendo obligación de cuidarlos, se le impondrá de tres meses a cinco años de prisión y se le privará de la patria potestad o de la tutela, si ejerciere uno de esos cargos.